¿Cómo evolucionan los Prestadores Autorizados?

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A partir de 2011

A partir del 1° de enero de 2011, los contribuyentes que expidan factura electrónica deberán contratar los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Estos proveedores se encargarán de recibir y validar el comprobante generado por el contribuyente y sellarlo con el certificado otorgado por el SAT para devolverlo al contribuyente. Como en este proceso se genera e integra el folio y la información completa llega al SAT y ya no será necesario solicitar rangos de folios ni enviar reporte mensual. Además, el PAC podrá ofrecer opcionalmente, el servicio de generación de la factura electrónica como venían haciendo los PACFD hasta el 31 de diciembre de 2010.

La figura del PACFD será sustituida por la figura de Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Aquellos contribuyentes que al 31 de diciembre cuenten con servicios de un PACFD, no tendrán que hacer nada. El PACFD se convertirá en un PAC y la emisión de comprobantes continuará, transformándo los CFD en CFDI de manera transparente para el emisor.

Los PACFD podrán continuar operando durante el primer semestre de 2011 siempre que presenten un aviso en donde manifiesten, que siguen cumpliendo con los requisitos establecidos. El aviso se deberá presentar durante los primeros 10 días del mes de enero de 2011.

Fundamento Legal: Art. 29, 2° párrafo, frac. IV del CFF vigente durante 2011 y OCTAVO Resolutivo de la RMF para 2010

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