Contribuyentes que se incorporan al DyP en 2012

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Contribuyentes que se incorporan al DyP en 2012

Están obligados a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos los siguientes contribuyentes:

A partir de febrero del 2012, todas las personas morales para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero del 2012 y subsecuentes.

Para utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos debe instalar o actualizar:

Este nuevo servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones:

Y en caso de resultar pago de impuestos, se efectuará en bancos, utilizando el servicio de pago referenciado, es decir, a través de una línea de captura.

Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.

Con el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet en la sección “Mi portal”, en la que de resultar impuesto a pagar se genera la línea de captura y posteriormente el contribuyente debe pagar en la institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.

Qué ventajas tiene:

Ya no tiene que hacer cálculos de impuestos, ya que este servicio los calcula automáticamente

Permite eliminar las siguientes obligaciones:

 

Nota. El horario que se registra en el Acuse de Recibo de las declaraciones presentadas a través del portal del SAT corresponde al horario del centro o de la Ciudad de México.

Referencia: SAT